INSTITUTO DOMINICANO DE GENEALOGÍA, INC.

Cápsulas Genealógicas

 

SECCIÓN SABATINA DEL DIARIO Hoy

SÁBADO, 15 DE MAYO DE 2021

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PaRA LAS HISTORIAS DE ALTAMIRA Y VILLA GONZÁLEZ: BLAS DE ALMONTE Y SU HEREDAD REAL (1 de 2)

Preparado por Edwin Rafael Espinal Hernández

 

En 1735, la corona española accedió a la petición de refundar la ciudad de Puerto Plata con inmigrantes canarios para contar con un puerto en la costa atlántica que equilibrara el monopolio que tenía Santo Domingo en la banda sur de la colonia y de esta manera permitir que Santiago recobrase una salida al mar, al tiempo de limitar el avance de los franceses establecidos en la parte oeste de la isla. El 22 de julio de 1736 se dio principio a los trabajos de la nueva población, que se bautizó con el nombre de Nuestra Señora de la Candelaria y San Felipe de Puerto Plata y que basó sus sustentos en haciendas agrícolas, el cultivo de tabaco y la crianza de cerdos.

Uno de sus primeros pobladores fue Blas de Almonte, quien conforme una carta del 7 de enero de 1737 del capitán Matías de Guridi, gobernador de las armas de Santiago, Puerto Plata y La Vega, tenía una hacienda en Guainamoca, “en la jurisdicción de Puerto Plata hacia el Poniente”.  

Hay que advertir que De Almonte no formó parte de las familias canarias asentadas entonces, pues consta que en 1724, por ante el escribano José Fernández de Córdova, vendió a Astacio Reynoso un pedazo de montería nombrado El Huevo, en términos de Puerto Plata, en 125 pesos. Pese a no ser uno de los restablecedores de la ciudad ovandina, por encomienda dada en nombre del rey Felipe V por Alfonso de Castro y Mazo, gobernador, capitán general y presidente de la Real Audiencia de Santo Domingo para repartir tierras a los pobladores iniciales de Puerto Plata, el citado Matías Guridi, el 25 de mayo de 1739, con el refrendo del escribano Francisco Hurtado, en reconocimiento a su condición de “persona de utilidad y muy servidor de S.M. y de dicho señor Presidente y que ha contribuido con sus bienes y trabajo personal a cuanto se ha ofrecido en dicha población [Puerto Plata]”, le hizo “gracia y donación” de terrenos que había poseído “por dilatados tiempos, con título de herencia y de compra que hicieron sus antepasados”.

Las tierras de las que se le puso en posesión entonces constituyen en la actualidad un área extensísima al este y sur del municipio de Altamira, en la provincia de Puerto Plata y al norte del municipio de Villa González, en la provincia de Santiago, en las estribaciones de las vertientes norte y sur de la Cordillera Septentrional. Sus límites comenzaban “desde la boca de una quebrada que entra en [el] río Bajabonico, media vuelta más debajo de la boca de río grande y de dicha boca la cara al norte por derecho hasta el alto de la loma del Corozal todo el referido alto, la cara al Oriente hasta dar en unos picachos altos puesta la cara al Sur Norte una loma atravesada, dicha loma por su alto hasta la loma del Congo y de esta al Oriente de dicha cumbre y de dichos altos hasta el alto de Diego Campo que este alto da cara al norte a dar al alto de la loma de los Maguelles por derecho al alto de la loma de Domingo Miguel, y de este dicho alto por derecho al Arroyo de la Catalina, dicho arroyo abajo hasta la boca que entra en río grande de dicho río grande hasta su boca que entra en Bajabonico media vuelta más abajo hasta la boca de la referida quebrada donde comenzaron dichos linderos”.

El amparo real se le concedió con la condición de que, dentro de los cuatro meses de su fecha, pasara a residir “en la dicha ciudad [Puerto Plata] y radicar en ella su vecindad”.

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