INSTITUTO DOMINICANO DE GENEALOGÍA, INC.

Cápsulas Genealógicas

 

SUPLEMENTO CULTURAL DEL DIARIO Hoy

SÁBADO, 11 DE SEPTIEMBRE DE 2021

|<< INICIO<< AUTOR< ANTERIORCALENDARIOPOSTERIOR >AUTOR >>INDICE >>|

 

LOS LIBROS PARROQUIALES VISTOS A TRAVES DE LAS VISITAS PASTORALES (3 de 8)

Preparado por Edwin Rafael Espinal Hernández

 

El aprecio por una mayor información acerca de las nuevas ovejas de la grey era reclamado en 1863 por el arzobispo Bienvenido Monzón Martín en su visita a la parroquia de San Antonio de Monte Plata, en cuyo libro III de bautismos (1862-1873), folio 12, requirió, además de una letra más gruesa y mayor y mejor tinta, consignar en lo sucesivo “el nombre y apellidos de los abuelos paternos y maternos, el de los padrinos, con su estado y oficio, empleo y ocupación y últimamente el de dos testigos con su naturaleza y vecindad, así como todas la circunstancias de extraordinariedad que ocurrieran”, sin cifras y palabras distintas al castellano[1].   

En lo tocante a los nombres de los neonatos, fray Roque Cocchia advertía en sus visitas pastorales a las parroquias de Jarabacoa[2], Altamira[3], Puerto Plata[4] y Mao[5] en 1877 que no se aceptara para nadie el “adorable nombre de Jesús”, por haberlo dado Dios a su Hijo y ser “superior a todo nombre” y porque en su honor toda rodilla debía doblarse “en el cielo, en la tierra y en el infierno”. Los sobrenombres de Papa, Obispo, Abad, Mártir, Confesor y Virgen estaban igualmente proscritos, por alimentar “el ridículo, no la piedad”.

En una visita pastoral a la parroquia de San José de Ocoa en 1881, Cocchia reclamaba no admitir la calificación de reconocido para los hijos ilegítimos, por no prescribirla la Iglesia por inmoral[6], mientras que el arzobispo Fernando Arturo de Meriño, después de verificar seis libros de bautismos en la parroquia y Vicaría Foránea de La Vega en visita pastoral de 1887, ordenó indicar con las iniciales h.l. o h.n. si el bautizado era hijo legítimo o natural al margen de las actas y debajo del nombre y apellido del bautizado[7].

En cuanto a las defunciones, las previsiones dadas atendieron a hacerlas más ricas en informaciones referentes a los vínculos consanguíneos o filiales del fallecido y su muerte ex testamento o ab intestato. En ese orden, en 1674, el arzobispo Juan de Escalante Turcios y Mendoza, en ocasión de su visita a la parroquia del Sagrario de la Catedral de  Santo Domingo, inscribió un auto en el libro I de entierros (1666-1701), folio 74-74 vuelto, por el que mandó “que la Cruz no salga de la parroquia sin que el dicho Cura o su Teniente tengan en su poder la fe del escribano ante quien hubiere otorgado testamento el difunto o difunta, y teniéndola pongan en este libro: En tantos de tantos de tal mes y año se enterró en esta parroquia o en tal parte fulano o fulana, otorgó su testamento ante fulano escribano, dejó por su albacea a fulano, por heredero a fulano [y se incluya en dicha] partida el día del entierro”[8].

En 1740, el arzobispo Domingo Álvarez de Abréu, hizo idéntico reclamo al cura de San Carlos en el acta de su visita pastoral inscrita en el libro I de óbitos (1730-1792), folio 3 vuelto, “para obviar las confusiones que se experimentan en la visita, sin saber los testamentos que se han visitado o no”, so pena de excomunión mayor y multa de 25 pesos[9]; lo propio hizo su visitador general, doctor Antonio de la Concha Solano, al visitar Higüey en ese mismo año, anotándolo en el libro I de bautismos (1740-1751), folios 98-101 vuelto, allí con pena de ocho reales aplicados a la fábrica de la parroquia[10].


Notas Bibliográficas:

[1] Sáez, S.J., José Luis, op. cit., p.181.

[2] Sáez, op. cit., p.195.

[3] Sáez, op. cit., p.198.

[4] Sáez, op. cit., p.199.

[5] Sáez, op. cit., p.199.

[6] Sáez, op. cit., p.207.

[7] Sáez, op. cit., p.228.

[8] Sáez, op. cit., p.68.

[9] Sáez, op. cit., p.95.

[10] Sáez, op. cit., p.114.

|<< INICIO<< AUTOR< ANTERIORCALENDARIOPOSTERIOR >AUTOR >>INDICE >>|